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Santiago de Cali, capital ejidal de Suramérica

Ley 32 de 1929, en su artículo 2 ordena : “Conforme a la voluntad expresada en las reales cédulas durante el régimen colonial y a la que halla consignada en otros documentos de titulación del territorio de los ejidos, cédulas y documentos amparados por el artículo 36 de la Constitución Nacional, no se podrá dar a aquel territorio una destinación distinta de la del beneficio de las clases pobres y menesterosas, que fue la expresa voluntad de los fundadores de aquel patrimonio de beneficencia pública. Por tanto, queda prohibida la adjudicación de terrenos ejidos en el distrito de Cali a personas de la clase pudiente salvo el caso especial que contempla el artículo 4” La Constitución Colombiana en su artículo 63 ordena; “Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la nación y demás bienes que determine la ley, son imprescriptibles, inalienables e inembargables”. La Cédula Real expedida el 10 de Marzo de 1540, por solicitud del fundador Sebastián de Belalcázar, quien visionariamente advirtió que así como Cali del dialecto Karib significa CASA, previó en el futuro sería cruce de caminos de las colonias que habrían de transitar por el Pacífico. Durante la primacía de la casta blanca durante cuatro siglos, se desacató la bondad cristiana de la Corona Real sobre el derecho al goce y disfrute del común en las tierras EJIDALES. Irónicamente en obediencia reverencial al Rey, los 33 Alféreces Reales que tuvo Santiago de Cali, ordenaban expulsar al forastero o recién llegado en término ignominioso de ocho días, por supuesto si era blanco letrado que viniese a poner en peligro los secretos de una élite de avaricia insaciable que había usurpado las tierras ejidales pertenecientes al común de gentes. La historia nos muestra una Santiago de Cali que inicia el siglo XX con solamente 24.000 habitantes, y a partir del año 1950 su población asciende a 200.000 habitantes, la cual se incrementa a dos millones y medio de pobladores en solo cincuenta años, rompiéndose el estigma de repudiar a los recién llegados. La delimitación de los EJIDOS de Cali se extiende por el norte desde el río de la ciudad o río Cali, en el sur el río Lile, Lilí o de Las Piedras, al oriente el río Cauca y al occidente la alta Sierra o Serranía del Chocó (Cordillera Occidental). Los nacimientos de los ríos Cali y Lilí en la alta sierra desde los farallones de Cali limita los EJIDOS, los cuales tienen carácter de bienes de uso público en extensión de 23.500 hectáreas o 235.000.000 de metros cuadrados distribuidos así; 15.500 hectáreas rurales y 8.000 hectáreas urbanas al sur del río Cali de la ciudad de hoy. Todo este patrimonio pertenece al Tesoro Municipal imprescriptibles e inembargables del Municipio de Cali. Hemos terminado estudio del patrimonio territorial de los bienes de uso público EJIDAL del Municipio. Se posee la prueba reina para demostrarlo judicialmente. Este Tesoro Público ha permanecido a la deriva por siglos. La información privilegiada del Estado usurpada facilitó el robo a Santiago de Cali. Sentencia de 27 de Noviembre de 1.987 la Juez Décima Civil del Circuito, condenó a la devolución de gran extensión EJIDAL, previo señalamiento de la MALA FÉ de quienes ejercen el dominio con títulos precarios, tal como consta en títulos de quien les vende advirtiéndoles que los terrenos están fundados en EJIDOS del Municipio de Cali y que no saldría a resarcirlos en caso de reclamación del Municipio.

 

Un año publicando en Caliescribe las pruebas de los 10 principales ejidos de Cali

Zumbambico – Verdad irrefutable – Ejidos I

Por: Claudio Borrero Q.

Ejidos de Meléndez sur – Área 11.434.880 M2 (Comuna: 15 y Navarro)

Juicio Divisorio: Siendo Presidente Tomás Cipriano de Mosquera, y Ministro de Relaciones y Mejoras Internas el caleño Manuel María Mallarino, se ordenó al Personero de Cali, Doctor José Lloreda, denunciar la usurpación de ejidos el 31 de Mayo de 1.848. Las revueltas cruentas reclamando ejidos, encabezadas por el mestizo Fermín Pretelt, y la liberación de los negros de la esclavitud, tenían agitada la ciudad

Ejidos II, de cucarachas o los Aragones, COMUNAS 13 y 12

Por: Claudio Borrero

JuicioDivisorio : El origen de los terrenos, potreros o dehesas de Cucarachas o de Aragones, está sustentado en la escritura sin número de Julio 1 de1.835, por los otorgantes Presbítero Juan Ignacio Aragón y sus hermanos, ante la muerte de su Padre Don Francisco de Aragón, muy posteriormente los Comuneros de los terrenos de Cucarachas, solicitan división ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito, se encargó al ciudadano de Palmira, Agrimensor Vicente Aragón, quien inicialmente en medición topográfica arrojó extensión de 6.476.800 metros cuadrados.

Ejidos III

Por Claudio Borrero Quijano

Juicio divisorio: Adelantado por el Agrimensor Judicial Aquilino Aparicio, en extensión de 7.271.936 metros cuadrados, deslinde y amojonamiento de las terceras partes ejidales que le corresponden al Municipio, representada en 2.423.877 M2, al Agrimensor le correspondieron por honorarios 471.877 M2, al Municipio en el juicio divisorio, aún no concluido, le corresponden tres lotes con un área total de 1.958.784 M2. por supuesto, a la fecha nunca entregados. 

Ejidos IV Lomas ALTAS de Meléndez Norte o Pampas de la Pedregosa

Por Claudio Borrero

Lomas ALTAS de Meléndez Norte o Pampas de la Pedregosa
Área: 1.572.114 Metros cuadrados                    

Comuna 18

EjidosV Hacienda EJIDAL de San Joaquín

Por: Claudio Borrero

 
Hacienda EJIDAL de San Joaquín
Área : 3.356.358.28 M2    
Comunas : 22-17 y Área Expansiva 
 
 

Ejidos VI Ejidos llanos de Meléndez Norte

Ejidos llanos de Meléndez Norte

Área: 2.137.600 M2                

Comunas : 19 y 18

Ejidos VII – Ejidos Isabel Pérez o Chamberry

Por Claudio Borrero

Área : 1’490.902 mts2
Comuna : 19 y 20

Ejidos VIII – Pasoancho o Garcés

Por Claudio Borrero

Ejido Pasoancho o Garcés 
Área: 1.393.104,14 M2                             
Comuna  : 19  
 
 
 

Ejidos 9 Ejidos de Cañaveralejo o La Curtiembre

Área: 2’487.968 Mts2

Ubicación: Corregimiento La Buitrera

Juicio divisorio y ocupantes

Ejidos 10 – Hacienda ejidal “La Buitrera”

Área4.721.096mts2 / ComunaCorregimiento La Buitrera.Nunca hubo juicio Divisorio, inclusive es difícilmente reconocida como ejido, su carácter de tal está contenida en la Cedula Real que convirtió la ciudad de Santiago de Cali en la capital ejidal de Suramérica, al otorgarle esa afectación a sus tierras, cuyos linderos definidos por el sur son el nacimiento del Rio Lilí o de Las Piedras en la cota 1.450 s.n.m., hasta su desembocadura en el estero oriental del río Cauca localizada en el potrero del Boquerón..

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