Blog

Gerentes de las ESE asumen compromiso de gobernabilidad con el Alcalde de Cali

De esta manera, los compromisos adquiridos por estos funcionarios son: 
1. Modificar o actualizar para aprobación de la junta directiva el manual de contratación, en un plazo no mayor a 60 días, a partir de su posesión. Se hace acorde con las necesidades y requerimientos de la ESE respectiva, que permita su viabilidad y sostenibilidad, acogiendo para ello los principios consagrados en la Constitución Política de Colombia, en su artículo 209, el cual establece: “…la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado”. 

2. Garantizar que todos los procesos y procedimientos contractuales sean claros, equitativos, viables transparentes, para lo cual establecerán en el manual de contratación, que los procesos para la adquisición de bienes e insumos, servicios y obras propios para la prestación de servicios de salud superiores a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes se efectuarán previa autorización de la junta directiva. Se hará mediante convocatoria pública y se publicarán en la página web de la Alcaldía de Santiago de Cali y de la respectiva ESE. Todo, en virtud del principio de transparencia derivado de la moralidad administrativa, que deben observar las entidades del Estado, garantizando el derecho a la igualdad de los proponentes, selección objetiva y precios de mercado. 

3. Buscarán mecanismos para la adquisición a gran escala de insumos (medicamentos, material médico quirúrgico, odontológico y otros) que permitan disminuir costos en beneficio de los usuarios del servicio de salud y de la ESE, observando precios del mercado. 

4. Presentarán en forma clara y completa la rendición de cuentas semestralmente a: el Alcalde Municipal de Santiago de Cali o su representante, a la junta directiva de cada ESE, y a un representante de las universidades locales con escuelas de salud, garantizando la disposición al público de la información pertinente a la gestión.

5. Procurarán la mejora continua de los sistemas de comunicación e información con las instituciones públicas y comunidad en el ejercicio de la función pública. 

6. De conformidad con el artículo 73.1 de la ley 1438 de 2011, los gerentes de las ESE, deberán presentar a cada junta directiva, su proyecto de plan de gestión, dentro de los 30 días hábiles siguientes a su posesión en el cargo, en correspondencia con el Plan de Gobierno del Alcalde y tomando en cuenta las propuestas incluidas en el Plan de Desarrollo Municipal 2012-2015. También se hará, observando la estrategia de atención primaria en salud, con propuestas de promoción y prevención de la Salud, con base en enfoques de determinantes sociales de la salud, el derecho humano a la salud y evidencia científica. 

Para el seguimiento del pacto de gobernabilidad, se conformará un comité técnico, conformado por tres miembros ad-honorem así:
• Un profesional de la Salud Publica designado por el Señor Alcalde de Santiago de Cali.
• El Director de la Escuela de Salud Pública, de la Universidad del Valle o su delegado.
• Un representante de las sociedades científicas de Santiago de Cali.

La Secretaría Técnica será ejercida por el presidente de las juntas Directivas de las ESE. Para el cumplimiento de su propósito, el comité técnico solicitará a los firmantes del compromiso de gobernabilidad, un reporte periódico. 
La vigencia del compromiso será hasta el 31 de marzo del año 2016.

No Comments

Leave a Reply







    ©2017 Corporación CECAN · Todos los Derechos Reservados.