¿Cuáles personas naturales deben madrugar más en preparar su declaración de renta año gravable 2011?
Nos referimos al caso de aquellas personas naturales y sucesiones ilíquidas que figuren adicionalmente con la obligación de entregar a la DIAN la información exógena tributaria del año gravable 2011 solicitada por dicha entidad en su Resolución 11429 de octubre 31 de 2011. Sucede que esa información exógena tributaria debe coincidir con las mismas cifras fiscales con que se haya de elaborar la declaración de renta del año gravable 2011. Pero los calendarios indican que primero se entregarán los reportes de exógena (entre el 25 de abril y el 15 de junio de 2012; ver Resolución 020 de marzo 6 de 2012 que modificó los plazos de la Resolución 11429) y luego sí se presentaría la declaración de renta en agosto de 2012. Entre las personas obligadas a entregar información exógena tributaria del año gravable 2011 (sin importar si llevan o no contabilidad) figuran aquellas que en el año anterior al 2011 (es decir, en el 2010), tenían ingresos brutos (sumando los de renta ordinaria más los de ganancia ocasional), superiores a 500.000.000 (quinientos millones de pesos). También las que en octubre 31 figurasen en las listas de Grandes Contribuyentes, o aquellas que durante el 2011 hayan practicado retenciones en la fuente de renta, IVA o Timbre superiores a $3.000.000 (para más detalles, véase los cuadros de las páginas 17 a 20 de nuestra obra educativa multimedia“Guía para la preparación y presentación de la información exógena tributaria a la DIAN por el año gravable 2011”). La declaración de renta también la tendrían que presentar virtualmente Esas personas entonces tendrán que tener lista, antes de presentar la información exógena, toda la información que iría a su declaración de renta del año gravable 2011 pues debe haber total sincronía entre ambos tipos de obligaciones tributarias. Pero el hecho de tener lista la información de su declaración de renta desde abril o mayo de 2012 para poder entregar correcta y oportunamente la información exógena, no implica que no se puedan esperar hasta agosto para presentar y pagar dicha declaración de renta. Además, y tomando en cuenta lo que dice la Resolución 12761 de diciembre 9 de 2011 (modificada con la Resolución 019 de febrero 28 de 2012), toda persona natural que esté obligada a entregar reportes de información exógena (y que solo se entregarán virtualmente), queda también obligada a presentar virtualmente (con el mismo mecanismo de firma digital) todas sus declaraciones tributarias que tengan vencimientos después de julio 1 de 2012. Por tanto, y como lo dijimos en otro editorial anterior, las personas naturales y sucesiones ilíquidas que sí queden obligadas a presentar virtualmente su declaración de renta del año gravable 2011 (por que les aplica alguno de los criterios de esa resolución 12761 de 2011), en ese caso, aunque decidan madrugar antes de agosto de 2012 para presentarla, la tendrán que presentar virtualmente pues se trata de una declaración que sí tenía vencimientos programados para después de julio 1 de 2011.
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