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El verdadero ‘plan b’ para prohibir el aborto ya avanza en la Cámara

 

Sin embargo, como un proyecto que convoque esa consulta popular también tiene que pasar por el Congreso, donde la votación en contra de la iniciativa puede repetirse, los conservadores tienen un verdadero ‘plan b’, otro proyecto de ley, que además ya avanza en la Cámara de Representantes. 

Y lo hace en silencio. Sin mayor atención de los medios de comunicación. Pero ya tiene ponencia para primer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes y podría originar un debate tan álgido como el que se dio en el Senado sobre la prohibición del aborto. 

Se trata del proyecto que pretende reglamentar el derecho a la objeción de conciencia y que fue radicado por una de las subalternas del procurador general, Alejandro Ordóñez, la procuradora delegada para la infancia y la familia, Ilva Myriam Hoyos. 

La objeción de conciencia es un derecho consagrado en la Constitución del 91 (artículo 18) y que establece que “… nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias (…) ni obligado a actuar contra su conciencia”. 

Lo particular del caso es que este proyecto de la Procuraduría, y respaldado por la bancada del Partido Conservador, pretende, en uno de sus once artículos, ampliar los alcances de la objeción de conciencia, de la órbita de las personas naturales a la de las instituciones. 

¿Qué significa? Que relacionado con el tema del aborto, no sólo los médicos podrían negarse, por razón de su conciencia, a practicar abortos terapéuticos (admitidos por la Corte Constitucional), también podrían declarar su impedimento para realizarlos las instituciones que presten servicios de salud: clínicas u hospitales que, incluso, también podrían abstenerse de remitir a los pacientes a otra institución. 

Porque así puede ser interpretado, de ser aprobado el proyecto, el artículo cuarto del texto, que señala, en uno de sus parágrafos, que las “instituciones privadas, siempre que no sean prestadoras únicas de servicios públicos (…) podrán invocar el derecho a la objeción de conciencia siempre y cuando establezcan los protocolos suficientes y necesarios para garantizar que eventualmente puedan ser vulnerados con la objeción de conciencia y estén definidos en sus estatutos”. 

La objeción de conciencia y el aborto 

Para el senador Roy Barreras, ponente del archivo de la prohibición del aborto, la redacción de este artículo podría significar que clínicas y hospitales podrían negarse a practicar abortos, y advierte que eso podría ser inconstitucional. 

“La objeción de conciencia es un derecho de todo ciudadano y por supuesto de los médicos” explica Barreras. “Un médico católico ortodoxo tiene derecho a negarse a una interrupción de embarazo terapéutica, pero también tiene la obligación de remitir su paciente a un médico no objetor”, agrega. 

Para Barreras, el proyecto de objeción de conciencia es “válido”, pero considera equivocado que se pretenda extender a las instituciones. “La objeción sólo debe aplicarse a personas naturales. Las instituciones no tienen conciencia sino obligaciones jurídicas”, explica a Semana.com. 

El senador de la U considera que este proyecto puede ser el verdadero ‘plan b’ de la bancada conservadora para impedir que en Colombia se pueda practicar cualquier tipo de aborto. 

No es un ‘plan b’: conservadores 

Esta tesis fue rechazada por el Partido Conservador. El representante Heriberto Sanabria, ponente de esta iniciativa, le dijo a Semana.com que este proyecto no es “ningún plan b” para prohibir el aborto. “Son dos temas completamente diferentes, aunque parecieran tener el mismo fondo. Pero la objeción de conciencia frente al derecho a la vida es filosófica y substancialmente distinto”. 

Sanabria, además, considera que el Partido Conservador se equivocó de plantear el debate sobre el aborto en el Congreso, y considera que el pueblo colombiano debe pronunciarse y ser consultado. Este representante fue quien propuso a la dirección nacional del Partido adelantar una consulta popular acerca del tema el próximo 30 de octubre, aprovechando la logística de las elecciones regionales. Sin embargo el Consejo Nacional Electoral no autorizó esa petición. 

¿En contra de la Corte Constitucional? 

Pero lo que da a entender que este proyecto sí se trataría de un ‘plan b’ para prohibir el aborto es que contrarrestaría otros de los alcances de la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional, la misma que admitió el aborto en tres casos específicos. 

Porque cuando la Corte resolvió el tema del aborto, recuerda el exmagistrado de la Corte Constitucional Jaime Córdoba Triviño, se planteó simultáneamente el tema de la objeción de conciencia. 

Y en ese fallo, la Corte admitió la posibilidad de la objeción al personal médico y paramédico que interviene directamente en la práctica del aborto, pero no lo extendió a instituciones con el argumento que “la libertad de conciencia es un derecho personalísimo y no puede ser extendido a instituciones o personerías jurídicas, no sin dejar de reconocer que hay instituciones que están fundadas en principios u orientaciones confesionales”, le dijo Córdoba a Semana.com. 

Según el fallo de la Corte sobre el aborto, la objeción debe ser fundamentada: no cualquier medico puede decir que no practica el aborto, tiene que dar razón específica, y esta no se extiende al personal administrativo del centro médico, que deberá proceder a la remisión del paciente a otra institución 

Para Córdoba, en este proyecto para reglamentar el derecho a la objeción de conciencia puede existir un propósito de deferir al Congreso un tema que, en principio, ya fue resuelto por la Corte Constitucional. “Me parece válido que se proponga y que el Congreso adopte una decisión más oportuna y conveniente”. 

Polémico debate 

El Congreso ya aceptó el debate, y en la ponencia para primer debate, coordinada por el representante Roosevelt Rodríguez (la U), se admite que la objeción de conciencia institucional, más en una situación donde el Estado delega más a los particulares la prestación de servicios de la salud, será el tema más polémico del proyecto. 

Según la ponencia, que pide aprobar el proyecto, se enfrentarán, por un lado, los argumentos de quienes defienden la tesis que la objeción es un derecho exclusivo de los seres humanos. Y por otro lado, los que consideran que algunos miembros de determinadas instituciones privadas pueden ser discriminados por no compartir los idearios de estas. 

Por eso, el coordinador de la ponencia considera que la fórmula para resolver este conflicto es otorgarle el derecho a la objeción de conciencia a las instituciones privadas. El proyecto supondrá otro intenso debate de carácter ideológico, más aún cuando puede significar una nueva estrategiapara prohibir la práctica del aborto. 

 

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